Glosario fiscal para autónomos y sociedades
Los modelos de Hacienda y las palabras que más salen al llevar los impuestos de un autónomo o una SL, explicados en pocas líneas. Cuando damos una cifra o un plazo, decimos de qué ley sale. Si tu caso tiene matices, pregúntanos.
Revisado el 31 de octubre de 2026.
Este glosario explica en pocas líneas 38 modelos de Hacienda y términos fiscales de autónomos y sociedades, cada cifra con la norma de la que sale. Dos ejemplos: el modelo 347 lo presenta quien supera 3.005,06 € con un mismo cliente o proveedor en el año, y la retención de IRPF de un profesional es del 15 % (7 % el año de inicio y los dos siguientes).
Actualizado el
Modelos de Hacienda
- Modelo 036 (y el antiguo 037)
- Declaración censal: con ella te das de alta en Hacienda como autónomo o sociedad, cambias tus datos (actividad, domicilio, régimen de IVA) o te das de baja. El 037, su versión simplificada, se suprimió el 3 de febrero de 2025 (Orden HAC/1526/2024): ahora todo se hace con el 036.
- Modelo 303
- Declaración del IVA: el IVA que has cobrado en tus facturas menos el que has pagado en tus compras del negocio. Casi siempre es trimestral. Del primer al tercer trimestre se presenta hasta el día 20 del mes siguiente; el del cuarto trimestre, a finales de enero (en 2026, hasta el 30). Simulador del 303 y el 130 → · Asesoría fiscal online →
- IVA a compensar o a devolver
- Cuando en un 303 el IVA que has pagado en tus compras supera al que has cobrado, sale negativo. Ese saldo a tu favor se compensa en los trimestres siguientes; en el último periodo del año puedes seguir compensándolo el año siguiente o pedir que te lo devuelvan. Pedir la devolución en otros trimestres solo se puede si estás en el registro de devolución mensual (Agencia Tributaria). Modelo 303: a compensar o a devolver →
- Modelo 130
- Pago a cuenta del IRPF que hacen cada trimestre los autónomos en estimación directa: el 20 % del beneficio acumulado en el año, menos lo que ya has adelantado en trimestres anteriores. Se presenta en los mismos plazos que el 303. Modelo 130: cuándo no hay que presentarlo → · Simulador del 303 y el 130 →
- Modelo 100 (declaración de la Renta)
- Declaración anual del IRPF, el impuesto sobre lo que ganan las personas. Un autónomo incluye en ella el rendimiento neto de su actividad y descuenta lo que ya adelantó con el 130 y las retenciones de sus facturas. La Renta de 2025 se presentó del 8 de abril al 30 de junio de 2026 (calendario de la Agencia Tributaria). Gestoría online para autónomos →
- Modelo 111
- Declaración de las retenciones de IRPF que tú haces a otros: a tus trabajadores en la nómina o a profesionales que te facturan con retención. Ese dinero no es tuyo: lo descuentas y lo ingresas en Hacienda. Normalmente trimestral, hasta el día 20 del mes siguiente (el del cuarto trimestre, hasta el 20 de enero).
- Modelo 115
- Declaración de las retenciones del alquiler de un local u oficina para tu negocio. Si el arrendador está obligado a que le retengan, tú le pagas el alquiler menos la retención e ingresas esa parte en Hacienda con este modelo, en los mismos plazos que el 111.
- Modelo 390
- Resumen anual del IVA: junta en una sola declaración lo que has presentado en los 303 del año. No se paga nada con él. Se presenta en enero, con el 303 del cuarto trimestre (el de 2025, hasta el 30 de enero de 2026).
- Modelo 347
- Declaración anual de operaciones con terceros: informas de cada cliente o proveedor con el que hayas superado 3.005,06 € en el año, sumando todas las facturas con él. No se paga nada. Se presenta en febrero (el de 2025, hasta el 2 de marzo de 2026, porque el 28 de febrero fue sábado). Modelo 347: quién lo presenta →
- Modelo 190
- Resumen anual de las retenciones del 111: a quién has retenido y cuánto en el año, persona por persona. Se presenta en enero (el de 2025, hasta el 2 de febrero de 2026, porque el 31 de enero fue sábado).
- Modelo 180
- Resumen anual de las retenciones de alquileres del 115: qué arrendadores, qué local y cuánto se ha retenido. Mismo plazo que el 190.
- Modelo 349
- Declaración informativa de las compras, ventas y servicios con empresas de otros países de la Unión Europea. No se paga nada con él, pero tiene que cuadrar con lo que declaras en el 303.
- Modelo 200 (Impuesto sobre Sociedades)
- Declaración anual del Impuesto sobre Sociedades, el impuesto sobre el beneficio de una SL. Si el ejercicio coincide con el año natural, se presenta en julio: 25 días naturales después de los 6 meses siguientes al cierre (Ley 27/2014, art. 124). El de 2025 vencía el 27 de julio de 2026. La presentan también las sociedades sin actividad. Asesoría contable para sociedades →
- Modelo 202
- Pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades: adelantos que algunas sociedades hacen durante el año, en los 20 primeros días de abril, octubre y diciembre (Ley 27/2014, art. 40). Si toca pagarlos o no depende, sobre todo, del resultado del último Impuesto de Sociedades.
Autónomos
- Alta de autónomo
- Son dos trámites: el alta censal en Hacienda, con el modelo 036 (actividad, domicilio y régimen de IVA), y el alta en el RETA de la Seguridad Social. Al pedir el alta en el RETA es cuando se solicita la tarifa plana, si cumples los requisitos. Alta de autónomo online → · ¿Se puede facturar sin ser autónomo? →
- RETA
- Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social: donde cotizan los autónomos. La cuota depende de lo que ganas de verdad (los rendimientos netos), repartida en 15 tramos. En 2026, la base mínima va de 653,59 € al mes en el tramo más bajo a 1.928,10 € en el más alto (Orden PJC/297/2026). Calculadora de cuota de autónomos →
- Rendimiento neto
- Lo que ganas con tu actividad: tus ingresos menos tus gastos deducibles. Es la base para calcular el IRPF que pagas y el tramo de tu cuota de autónomos.
- Estimación directa simplificada
- La forma más habitual de calcular el IRPF de un autónomo: ingresos reales menos gastos reales, con algunas simplificaciones. Se puede aplicar si la cifra de negocios del año anterior no pasó de 600.000 € (Reglamento del IRPF, art. 28).
- Gastos deducibles
- Gastos que puedes restar de tus ingresos para pagar menos impuestos. Tienen que estar relacionados con tu actividad, justificados con factura a tu nombre y apuntados en tus libros. La duda de siempre (el coche, el móvil, la casa) depende de cuánto los uses para trabajar. Gastos deducibles de los autónomos →
- Gastos de difícil justificación
- Un descuento extra para los autónomos en estimación directa simplificada, que cubre pequeños gastos sin factura: el 5 % del rendimiento neto, con un máximo de 2.000 € al año (Reglamento del IRPF, art. 30.2.ª). El 7 % que aún se ve en algunas webs solo valió en 2023.
- Tarifa plana de autónomos
- Cuota reducida a la Seguridad Social para quien se da de alta como autónomo: 12 meses, y otros 12 si los rendimientos netos quedan por debajo del salario mínimo. Hay que pedirla al darse de alta, y no la tiene quien estuvo de alta en los 2 años anteriores (3 si ya la disfrutó) (Ley del Trabajo Autónomo, art. 38 ter). Tarifa plana de autónomos →
- Retención de IRPF en las facturas
- Parte del importe que tu cliente (una empresa u otro autónomo) no te paga y adelanta a Hacienda en tu nombre. En actividades profesionales es el 15 % de la base; el 7 % el año en que empiezas y los dos siguientes, si el año anterior no tuviste actividad profesional (Ley del IRPF, art. 101.5, y Reglamento, art. 95). Lo retenido se descuenta en tu Renta. Retención de IRPF en las facturas del autónomo →
IVA y facturas
- Base imponible
- La cantidad sobre la que se calcula un impuesto. En una factura, el precio sin IVA: si la base es 100 € y el IVA del 21 %, la factura suma 121 €. En el Impuesto sobre Sociedades, el beneficio de la empresa con los ajustes que pide la ley.
- VERI*FACTU
- Sistema de Hacienda por el que los programas de facturación tienen que guardar cada factura de forma que no se pueda alterar, y que permite enviar el registro a la Agencia Tributaria en el momento. Según el calendario vigente (RD 1007/2023, en la redacción del Real Decreto-ley 15/2025), obliga desde el 1 de enero de 2027 a quien paga el Impuesto sobre Sociedades y desde el 1 de julio de 2027 al resto, como los autónomos. Hacienda ha anunciado que prevé aplazarlo a octubre de 2028; mientras no salga en el BOE, valen estas fechas. VERI*FACTU para autónomos y SL →
- Factura simplificada
- Factura con menos datos que la completa, lo que antes se llamaba tique. Se permite en ventas pequeñas y en algunos sectores, como el comercio al por menor o la hostelería. Si el cliente es una empresa o un autónomo que quiere deducirse el IVA, lo normal es que necesite una factura completa con sus datos.
- Recargo de equivalencia
- Régimen de IVA obligatorio para muchos comerciantes minoristas que son personas físicas: el proveedor les cobra el IVA más un recargo, y a cambio no presentan el 303 de sus ventas. Es sencillo, pero no permite recuperar el IVA de las compras.
- Inversión del sujeto pasivo
- Caso en el que el IVA lo declara quien compra y no quien vende. Pasa, por ejemplo, con los servicios que te factura una empresa de otro país de la UE (publicidad en internet, programas, comisiones de plataformas): la factura llega sin IVA español y tú lo declaras en tu 303.
- Libros registro
- Las listas ordenadas de tus facturas emitidas y recibidas (y, según el caso, de tus bienes de inversión). Son la base de todas tus declaraciones de IVA e IRPF, y Hacienda te los puede pedir.
- Umbral de 10.000 € (OSS)
- Si vendes a particulares de otros países de la UE y esas ventas pasan de 10.000 € al año, sin IVA y sumando todos los países, se aplica el IVA del país del comprador (Ley del IVA, art. 73). La ventanilla única (OSS) permite declararlo desde España sin registrarte en cada país.
Sociedades
- Sociedad limitada (SL)
- Sociedad en la que los socios solo responden de las deudas con lo que han aportado. Desde la Ley 18/2022, el capital mínimo es de 1 € (Ley de Sociedades de Capital, art. 4.1); mientras no llegue a 3.000 €, tiene que guardar en reserva al menos el 20 % del beneficio. Crear una sociedad limitada → · Obligaciones de una SL en su primer año →
- Impuesto sobre Sociedades
- El impuesto sobre el beneficio de una sociedad. El tipo general es el 25 %. En los ejercicios iniciados en 2026, si la cifra de negocios del año anterior fue inferior a 1 millón de euros, se paga el 19 % de los primeros 50.000 € de base imponible y el 21 % del resto; desde 2027, el 17 % y el 20 %. Una sociedad nueva que empieza una actividad económica paga el 15 % el primer año con beneficio y el siguiente. Ni esta escala reducida ni el 15 % valen para las sociedades patrimoniales (las que tienen más de la mitad del activo en valores o en bienes que no usan en una actividad, art. 5.2), que pagan el 25 % (Ley 27/2014, art. 29.1 y disposición transitoria 44.ª). Autónomo o SL: cuándo compensa →
- Cuentas anuales
- El resumen de cómo le ha ido el año a una sociedad: balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria, principalmente. El administrador las formula en los 3 meses siguientes al cierre, la junta las aprueba en los 6 primeros meses y se depositan en el Registro Mercantil en el mes siguiente a la aprobación (Ley de Sociedades de Capital, arts. 253, 164 y 279). Depósito de cuentas: plazo y multa → · Obligaciones de una sociedad sin actividad →
- Registro Mercantil
- Registro público donde se inscriben las sociedades y sus cambios importantes (administradores, domicilio, capital) y donde se depositan cada año las cuentas anuales. Cualquiera puede consultar lo que hay depositado.
- Legalización de libros
- Trámite anual por el que la sociedad presenta en el Registro Mercantil, por internet, sus libros obligatorios (el diario, el de inventarios y cuentas anuales, el de actas…). Hay que hacerlo también aunque la sociedad no tenga actividad.
- Sociedad sin actividad
- Sociedad que existe pero no factura ni tiene movimiento, por ejemplo porque se dejó parada o solo guarda bienes. Aunque no haga nada, sigue teniendo que presentar el Impuesto sobre Sociedades (así lo indica la Agencia Tributaria en su manual de Sociedades) y depositar sus cuentas anuales. Gestoría para sociedades sin actividad →
- Causa de disolución por inactividad
- Si una sociedad deja de hacer la actividad de su objeto social, incurre en causa de disolución; la ley entiende que hay cese tras más de un año de inactividad (Ley de Sociedades de Capital, art. 363.1.a). A partir de ahí, el administrador debe convocar la junta para que decida si la disuelve o vuelve a darle actividad. Mantener una SL inactiva o disolverla →
- Cierre registral
- Si una sociedad no deposita sus cuentas anuales, el Registro Mercantil no inscribe ningún otro documento suyo mientras no lo haga, salvo algunas excepciones. Además, puede haber una multa de 1.200 a 60.000 € (Ley de Sociedades de Capital, arts. 282 y 283). Depósito de cuentas: plazo y multa →
- Titular real
- La persona física que en último término posee o controla más del 25 % de una sociedad, o la controla de otra forma. Las asesorías tenemos que identificarla al dar de alta a un cliente, por la ley de prevención del blanqueo de capitales (Ley 10/2010, art. 4).
Las fechas son las del calendario de 2026 de la Agencia Tributaria. Las de 2027 las verás en nuestrocalendario fiscal, como provisionales hasta que Hacienda publique el oficial. Más explicaciones en el blog.
¿Prefieres que lo hagamos nosotros?
Llevamos estos modelos por ti, con precio publicado y sin permanencia. Cuéntanos tu caso y te decimos qué plan te toca.