VeriFactu para autónomos y SL
Desde 2027, el programa con el que haces tus facturas tiene que cumplir unas reglas nuevas de Hacienda. Aquí tienes a quién afecta, desde cuándo y qué hacer. Si quieres que nos ocupemos de tu contabilidad e impuestos, desde 29 €/mes + IVA.
VeriFactu obliga a que el programa con el que facturas guarde cada factura sin que se pueda alterar y le ponga un código QR. A 31 de octubre de 2026, el BOE fija el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para los autónomos y el resto (Real Decreto 1007/2023). Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que prevé aplazarlo a octubre de 2028, pero aún no está en el BOE; tener un programa que no cumple se multa con 50.000 € por ejercicio.
Actualizado el
Cómo está a 31 de octubre de 2026
- Lo que dice hoy el BOE: las sociedades, antes del 1 de enero de 2027; los autónomos y el resto, antes del 1 de julio de 2027.
- Lo que ha anunciado Hacienda: el 5 de octubre de 2026 dijo que prevé aplazarlo hastaoctubre de 2028. Es un anuncio: no hay ninguna norma publicada que lo cambie.
Mientras no salga en el BOE, prepárate para las fechas de 2027. Actualizaremos esta página en cuanto cambie.
¿Qué es VERI*FACTU, sin tecnicismos?
VERI*FACTU (también escrito VeriFactu) es el nombre con el que Hacienda conoce el Reglamento de sistemas informáticos de facturación, el Real Decreto 1007/2023. Un «sistema informático de facturación» es cualquier programa, app o web con la que haces tus facturas.
Lo que cambia es el programa, no tu forma de trabajar. Tendrá que:
- Guardar un registro de cada factura en un formato seguro que no se pueda modificar después.
- Poner un código QR en cada factura y cada ticket.
- Poder enviar esos registros a la Agencia Tributaria.
Hay dos formas de cumplir, y elegir una u otra es voluntario:
- Modalidad VERI*FACTU: el programa manda cada registro a Hacienda al momento. A cambio, tus clientes pueden comprobar tus facturas con el QR, y el programa necesita menos requisitos técnicos.
- Modalidad no VERI*FACTU: no se manda nada, pero el programa tiene que garantizar que los registros quedan guardados sin alterar.
¿Desde cuándo es obligatorio VeriFactu?
| Quién | Tiene que tener el programa adaptado |
|---|---|
| Sociedades que pagan el Impuesto sobre Sociedades (SL, SA…) | Antes del 1 de enero de 2027 |
| Autónomos que pagan IRPF por su actividad, comunidades de bienes y no residentes con establecimiento en España | Antes del 1 de julio de 2027 |
Real Decreto 1007/2023, disposición final cuarta, en la redacción que le dio el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, que el Congreso convalidó el 11 de diciembre de 2025. Fechas ya aplazadas dos veces; la última previsión de Hacienda, a octubre de 2028, aún no es norma.
No lo confundas con la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales: es otra obligación, con otro calendario. Según la Agencia Tributaria, llega el 6 de octubre de 2027 para quien factura más de 8 millones de euros al año y el 6 de octubre de 2028 para el resto.
¿Me afecta VeriFactu? Los casos que quedan fuera
Te afecta si haces las facturas con un programa. Según la Agencia Tributaria, no te afecta si:
- Facturas todo a mano, en talonario o a máquina.
- No emites facturas.
- Usas Word o Excel solo para escribir, imprimir y guardar las facturas. Si la hoja además te genera libros o contabilidad, sí te afecta.
- Estás en el SII (Suministro Inmediato de Información, el sistema con el que algunas empresas mandan sus libros de IVA a Hacienda por internet).
- Tributas con la normativa foral del País Vasco o de Navarra, que tienen sus propias reglas.
¿No lo tienes claro? Usa el comprobador ¿Me afecta VeriFactu?: son dos o tres preguntas. Si aún no eres autónomo y solo facturas algo de vez en cuando, lee antes si se puede facturar sin ser autónomo.
¿Qué hay que hacer antes de tu fecha?
- Mira con qué facturas hoy. Programa de escritorio, app, web de tu banco, Excel…
- Pregunta a tu proveedor si su versión cumple el Real Decreto 1007/2023 y pídele la «declaración responsable», el documento en el que el fabricante declara que su programa cumple.
- Si facturas poco, mira la aplicación gratuita que la Agencia Tributaria ofrece a pequeñas empresas y autónomos en su sede electrónica.
- Haz una factura de prueba y comprueba que sale con su código QR.
- Elige modalidad: con envío a Hacienda (VERI*FACTU) o sin él.
Si tienes una sociedad, no lo dejes para el último día: tu fecha es la primera. Lo contamos con más detalle en VeriFactu para SL: qué cambia el 1 de enero de 2027. Si vas a crear una sociedad limitada, elige desde el principio un programa que cumpla; el resto de obligaciones del arranque están en obligaciones de una SL en su primer año. Y apunta los plazos del año en el calendario fiscal 2027.
¿Qué pasa si no te adaptas?
La Ley General Tributaria (art. 201 bis) considera infracción grave tener un programa de facturación que no cumple: 50.000 € de multa por cada ejercicio. Para quien fabrica o vende programas que no cumplen, 150.000 € por cada ejercicio con ventas. Por eso conviene tener por escrito que tu programa cumple.
¿Qué hacemos nosotros?
Nos cuentas cómo facturas
Por email (WhatsApp y Telegram, muy pronto). Te decimos si VERI*FACTU te afecta y cuál es tu fecha.
Te ayudamos a elegir
Revisamos si tu programa cumple o te orientamos hacia uno que sí, como la aplicación gratuita de Hacienda si facturas poco.
Facturas por chat, con VERI*FACTU
Previsto para junio de 2027: harás tus facturas pidiéndolas por chat, ya con VERI*FACTU. Incluido en todos los planes.
Ojo, sociedades: vuestra fecha (1 de enero de 2027) llega antes que nuestras facturas por chat. Hasta entonces necesitaréis otro programa adaptado, y os ayudamos a tenerlo listo a tiempo.
Qué incluye
- Decirte si te afecta, desde cuándo y qué modalidad te conviene.
- Registrar tus facturas emitidas y recibidas en tu contabilidad y presentar tus impuestos.
- Dudas al asesor sobre tu caso: 3 consultas al asesor al mes en el plan Autónomo y 6 consultas al asesor al mes en el plan Sociedad.
- Facturas por chat con VERI*FACTU, desde junio de 2027.
Qué no incluye
- Instalar, configurar o pagar programas de facturación de otras empresas.
- Programar o adaptar un programa de facturación propio.
- Requerimientos, inspecciones y recursos (presupuesto aparte).
Autónomos desde 29 €/mes y sociedades desde 39 €/mes, más IVA y sin permanencia: mira los precios. Más sobre cómo trabajamos encontabilidad automatizada, lagestoría para autónomos y laasesoría para sociedades.
Preguntas frecuentes
¿VeriFactu se ha aplazado a 2028?
Todavía no. El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda anunció que prevé aplazar las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028, para que coincidan con la factura electrónica obligatoria. Pero a 31 de octubre de 2026 no se ha publicado ninguna norma en el BOE, así que las fechas que valen siguen siendo el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto.
¿Tengo que mandar cada factura a Hacienda?
Solo si eliges la modalidad VERI*FACTU, en la que el programa envía solo cada registro a la Agencia Tributaria. En la otra modalidad no se envía nada, pero el programa tiene que guardar los registros sin que se puedan cambiar. Elegir una u otra es voluntario.
Hago las facturas en Excel. ¿Me afecta?
Si solo usas Excel o Word para escribir, imprimir y guardar las facturas, la Agencia Tributaria dice que no es un sistema de facturación. Si la hoja además te genera el libro de facturas o la contabilidad, por ejemplo con una macro, sí lo es y tiene que cumplir.
¿Hay algún programa gratis que cumpla?
Sí. La Agencia Tributaria pone a disposición de pequeñas empresas y autónomos una aplicación gratuita en modalidad VERI*FACTU, en su sede electrónica. Sirve si facturas poco y no necesitas más funciones.
¿Qué multa hay si no me adapto?
Tener un programa de facturación que no cumple es una infracción grave con multa de 50.000 € por cada ejercicio (Ley General Tributaria, art. 201 bis). A quien fabrica o vende programas que no cumplen, 150.000 € por cada ejercicio con ventas.
¿Es lo mismo que la factura electrónica obligatoria?
No. La factura electrónica entre empresas y profesionales es otra obligación, con otras fechas: según la Agencia Tributaria, el 6 de octubre de 2027 para quien factura más de 8 millones al año y el 6 de octubre de 2028 para el resto.
¿Me hacéis vosotros las facturas con VeriFactu?
Lo tenemos previsto: facturas por chat con VERI*FACTU desde junio de 2027, incluidas en todos los planes. Hasta entonces te ayudamos a elegir un programa que cumpla, y si eres una sociedad, a tenerlo listo antes del 1 de enero de 2027.
Fuentes
- Real Decreto 1007/2023, texto consolidado en el BOE(disposición final cuarta; última actualización: 3 de diciembre de 2025).
- Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembrey su convalidación.
- Nota informativa del Ministerio de Hacienda, 5 de octubre de 2026(previsión de aplazamiento a octubre de 2028).
- Agencia Tributaria: Sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTUy sus preguntas frecuentes sobre a quién se aplica.
- Ley 58/2003, General Tributaria, art. 201 bis, añadido por la Ley 11/2021.
- Agencia Tributaria: calendario de la factura electrónica obligatoria.
Revisado el 31 de octubre de 2026. Información general: para tu caso concreto, pregúntanos.
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