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Simulador del modelo 303 y 130: calcula tu trimestre

Calcula el modelo 303 (IVA) y el modelo 130 (adelanto del IRPF) de tu trimestre. Mete tus facturas, tus gastos y tus retenciones, y te decimos cuánto te sale a pagar, a compensar o a devolver. Sin registrarte: los datos no salen de tu navegador.

En resumen

El modelo 303 es el IVA que cobras en tus facturas menos el IVA deducible de tus gastos del trimestre: si sale negativo se compensa en los trimestres siguientes, y la devolución solo se pide en el 4.º trimestre, salvo en el registro de devolución mensual (arts. 115 y 116 de la Ley del IVA). El modelo 130 es el 20 % de tu beneficio acumulado desde el 1 de enero, menos las retenciones y lo pagado en los trimestres anteriores, y nunca sale a devolver (art. 110 del Reglamento del IRPF). Los dos se presentan hasta el 20 de abril, julio y octubre, y hasta el 30 de enero el 4.º trimestre.

Actualizado el

Tus números del trimestre

Todos los importes, en euros. Las bases, sin IVA.

¿Qué trimestre calculas?
Tus facturas emitidas (ingresos)

Una línea por cada tipo de IVA. Pon la base: lo facturado sin IVA y antes de restar la retención.

Tus gastos de la actividad

Facturas de gastos necesarios para tu trabajo, con el IVA que puedes deducir. Lo que no lleva IVA (tu cuota de autónomos, seguros, la parte de IVA que no es deducible), con «0 %».

La suma de las retenciones que aparecen en las facturas que has emitido a empresas y otros autónomos.
Lo que te quedó a compensar en el 303 anterior, también el del 4.º trimestre del año pasado, y aún no has usado.
Tu caso en el IRPF
Sirve para la rebaja del artículo 110.3.c del Reglamento del IRPF, que se resta cada trimestre.

Escribe tus ingresos y verás aquí tu 303 y tu 130.

Es orientativo. Sirve para autónomos en estimación directa con IVA general. No calcula el recargo de equivalencia (comercio minorista), la prorrata (si tienes a la vez operaciones con y sin derecho a deducir), los módulos (modelo 131), las actividades en Ceuta y Melilla, la deducción por vivienda del 130 ni las declaraciones complementarias. No guarda nada: si recargas la página, se borra.

¿Cómo se calcula el modelo 303?

El modelo 303 es la declaración trimestral del IVA. En ella le dices a Hacienda cuánto IVA has cobrado y cuánto has pagado en tus compras del trimestre. La cuenta es esta:

  1. IVA repercutido (el que cobras): la base de cada factura emitida por su tipo (21, 10 o 4 %).
  2. IVA soportado deducible (el que pagas): el IVA de las facturas de gastos de tu actividad que puedes deducir.
  3. Resultado: repercutido menos soportado, menos lo que tengas a compensar de trimestres anteriores.

Si sale positivo, lo pagas. Si sale negativo, lo dejas a compensar. Las deducciones se hacen periodo a periodo y el exceso se resta en las declaraciones siguientes, con un plazo de 4 años desde la declaración en que salió (Ley del IVA, art. 99).

¿Cuándo me devuelven el IVA del 303?

Solo en la última declaración del año (el 4.º trimestre). Ahí puedes pedir que te devuelvan el saldo a tu favor que tengas el 31 de diciembre, o dejarlo para compensar el año siguiente (Ley del IVA, art. 115). En el 1.º, 2.º y 3.º trimestre, un resultado negativo siempre queda «a compensar». La excepción es quien está inscrito en el registro de devolución mensual, que puede pedirla en cada periodo. Lo contamos con calma en303 a compensar o a devolver.

¿Cómo se calcula el modelo 130?

El modelo 130 es un adelanto del IRPF que hacen cada trimestre los autónomos en estimación directa. Según el artículo 110 del Reglamento del IRPF y las instrucciones de la Agencia Tributaria:

Casillas principales del modelo 130 y cómo se calculan
CasillaQué esCómo se calcula
01 y 02Ingresos y gastosAcumulados desde el 1 de enero, sin IVA. En simplificada, los gastos incluyen el 5 % de difícil justificación
03Rendimiento neto01 − 02
0420 %20 % de la 03 si es positiva; si no, 0
05Pagos anterioresSuma de las casillas 07 positivas de los trimestres anteriores del año
06RetencionesRetenciones acumuladas desde el 1 de enero
07Resultado de la actividad04 − 05 − 06
13Rebaja por ganar poco100, 75, 50 o 25 € por trimestre si el año pasado no pasaste de 12.000 € de rendimiento
15Negativos anterioresLo que salió «a deducir» en trimestres anteriores del año
19Resultado finalA ingresar si es positivo; «a deducir» (1.º a 3.º trimestre) o «negativa» (4.º) si no

El 130 nunca sale a devolver. Si un trimestre te sale negativo o a cero, lo presentas igual, sin pagar (Reglamento del IRPF, art. 111). Si a final de año adelantaste de más, lo recuperas en la Renta.

Un ejemplo con números

Marta es diseñadora gráfica en estimación directa simplificada. En el 1.º trimestre factura 6.000 € + 21 % de IVA a empresas que le retienen 900 €, y tiene 1.000 € de gastos con un 21 % de IVA.

Ejemplo de cálculo del 303 y del 130 del primer trimestre
ConceptoCálculoImporte
IVA repercutido6.000 × 21 %1.260 €
IVA soportado1.000 × 21 %210 €
Modelo 3031.260 − 2101.050 € a ingresar
Rendimiento neto6.000 − 1.0005.000 €
Difícil justificación5 % de 5.000250 €
20 %20 % de 4.750950 €
Modelo 130950 − 900 de retenciones50 € a ingresar

Mete esas cifras en el simulador y verás el mismo resultado.

¿Cuándo no tengo que presentar el 130?

Si tu actividad es profesional (diseño, traducción, consultoría, abogacía…) y el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos de la actividad llevó retención, no estás obligado (Reglamento del IRPF, art. 109.2). Las actividades empresariales en estimación directa no tienen esa excepción. Ojo: no presentarlo no es ahorrar, porque lo que no adelantes lo pagas en la Renta. Más detalle enmodelo 130: cuándo no presentarlo y, sobre el porcentaje que va en tus facturas, en la retención de IRPF en las facturas.

¿Cuándo se presentan?

TrimestrePlazo del 303 y del 130
1.º (enero a marzo)Del 1 al 20 de abril
2.º (abril a junio)Del 1 al 20 de julio
3.º (julio a septiembre)Del 1 al 20 de octubre
4.º (octubre a diciembre)Del 1 al 30 de enero del año siguiente

Si el último día es sábado, domingo o festivo, pasa al siguiente día hábil. Para el 4.º trimestre de 2026 nos sale el 1 de febrero de 2027, porque el 30 de enero cae en sábado: es un cálculo nuestro, provisional hasta que la Agencia Tributaria publique su calendario de 2027. Todas las fechas, en elcalendario fiscal.

¿Y si prefieres no hacer cuentas?

Te llevamos el 303, el 130, el resumen anual del IVA (390) y la Renta desde 29 €/mes + IVA en lagestoría online para autónomos, sin permanencia. Nos mandas tus facturas, una IA en nuestro propio servidor prepara los cálculos y una persona los revisa y los presenta con tu permiso. Si aún no te has dado de alta, empieza por cómo darte de alta como autónomo. Para saber qué gastos puedes meter, lee gastos deducibles de los autónomos, y para tu cuota mensual, usa la calculadora de cuota de autónomos. Si algún término no lo tienes claro, está en el glosario.

Fuentes

Datos revisados el 31 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el modelo 303?

Sumas el IVA que has cobrado en tus facturas del trimestre (IVA repercutido) y le restas el IVA deducible de las facturas de tus gastos (IVA soportado). Si sale positivo, lo pagas. Si sale negativo, lo compensas en los trimestres siguientes y, en el último trimestre del año, puedes pedir que te lo devuelvan (Ley del IVA, arts. 99 y 115).

El 303 me sale negativo en el primer trimestre. ¿Me lo devuelven?

No en ese momento. Salvo que estés inscrito en el registro de devolución mensual, la devolución solo se pide en la autoliquidación del último periodo del año, con el saldo que tengas a tu favor el 31 de diciembre (Ley del IVA, art. 115). Mientras tanto, el saldo negativo se resta en los trimestres siguientes. Hay 4 años para compensarlo desde que se presentó la declaración en que salió (art. 99.Cinco).

¿Cómo se calcula el modelo 130?

Es el 20 % de tu rendimiento neto (ingresos menos gastos, sin IVA) acumulado desde el 1 de enero hasta el final del trimestre. A esa cifra le restas lo que salió a pagar en los 130 anteriores del año y las retenciones que te han hecho en el año. Si sale negativo, no te devuelven nada: se presenta igualmente y el ajuste se hace en la Renta (Reglamento del IRPF, arts. 110 y 111).

¿Por qué el modelo 130 se calcula con lo acumulado del año y no solo con el trimestre?

Porque así lo dice el artículo 110 del Reglamento del IRPF: cada trimestre se calcula el 20 % de todo el año hasta la fecha y se resta lo ya pagado. Así, si un trimestre ganas menos, se compensa con lo que adelantaste antes, y no pagas dos veces por lo mismo.

Casi todas mis facturas llevan retención. ¿Tengo que presentar el 130?

Si tu actividad es profesional y el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos de la actividad llevó retención o ingreso a cuenta, no estás obligado (Reglamento del IRPF, art. 109.2). Si tu actividad es empresarial (una tienda, un bar, un taller) y estás en estimación directa, sí lo presentas. Lo explicamos en el artículo sobre cuándo no presentar el modelo 130.

¿Hay alguna rebaja en el 130 si gano poco?

Sí. Si tu rendimiento neto de actividades del año anterior fue de 12.000 € o menos, restas cada trimestre 100 € (hasta 9.000 €), 75 € (hasta 10.000 €), 50 € (hasta 11.000 €) o 25 € (hasta 12.000 €). Si la rebaja es mayor que lo que te sale, el resto pasa a los trimestres siguientes del mismo año (Reglamento del IRPF, art. 110.3.c).

¿Cuándo se presentan el 303 y el 130?

Los tres primeros trimestres, del 1 al 20 de abril, julio y octubre. El cuarto, del 1 al 30 de enero del año siguiente. Si el último día cae en sábado, domingo o festivo, pasa al siguiente día hábil (calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria y Reglamento del IRPF, art. 111).

¿Te llevamos el 303 y el 130?

Mándanos tus facturas cada trimestre y nosotros preparamos, revisamos y presentamos tus impuestos. Sin permanencia.

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