Cómo cambiar de gestoría a mitad de año
Por Asesoría Rentable · Actualizado el
Puedes cambiar de gestoría en cualquier momento del año. El mejor momento es justo después de presentar un trimestre (pasado el día 20 de abril, julio u octubre, o el 30 de enero). Revisa el preaviso de tu contrato, pide toda tu documentación por escrito, revoca los apoderamientos que ya no quieras y deja que la nueva gestoría compruebe que no queda nada pendiente.
Cambiar de gestoría da pereza. Da miedo que se pierda un papel, que un impuesto se quede sin presentar o que la gestoría antigua ponga pegas. Pero se hace a menudo y, con un poco de orden, sale bien en cualquier mes del año.
Aquí tienes los pasos, en el orden en que conviene darlos.
Primero, una idea tranquilizadora
Tus impuestos no pertenecen a tu gestoría. Las declaraciones están a tu nombre en Hacienda, tus facturas son tuyas y tu contabilidad también. La gestoría solo prepara y presenta las cosas en tu nombre, con tu permiso. Cambiar de gestoría es cambiar de quién hace ese trabajo, nada más.
Paso 1: lee tu contrato
Antes de avisar a nadie, busca el contrato o la hoja de encargo que firmaste. Mira tres cosas:
- Preaviso. Cuántos días antes tienes que avisar de la baja.
- Permanencia. Algunas gestorías online piden quedarse un mínimo de meses, sobre todo si el alta fue gratis o con descuento.
- Trabajos ya pagados. Si pagaste por adelantado la Renta o las cuentas anuales, aclara quién las hará.
Si no encuentras el contrato, pídelo. Tienes derecho a saber qué firmaste.
Paso 2: elige el momento según el calendario
Los trimestres se presentan del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y el cuarto trimestre hasta el 30 de enero, según el calendario del contribuyente de la AEAT. Con eso en la mano:
| Si cambias en… | Qué tener en cuenta |
|---|---|
| Finales de enero o febrero | Buen momento. Ya está presentado el cuarto trimestre y los resúmenes anuales (390, 190, 180). Queda pendiente el 347, que vence a finales de febrero o primeros de marzo. |
| Final de abril, mayo o junio | Buen momento. Ojo con la Renta (en 2026 fue del 8 de abril al 30 de junio) y, en una SL, con la aprobación de las cuentas anuales dentro de los 6 primeros meses. |
| Final de julio, agosto o septiembre | Buen momento si eres autónomo. En una SL, comprueba que se presentó el Impuesto de Sociedades (en 2026 vencía el 27 de julio) y que las cuentas están depositadas. |
| Final de octubre, noviembre o diciembre | Bueno, pero la nueva gestoría llega justo antes del cierre del año y de todos los resúmenes de enero. Cuanto antes, mejor. |
| Del 1 al 20 de abril, julio u octubre, o en enero | El peor momento: hay declaraciones a medio hacer. Espera unos días. |
La regla sencilla: cambia justo después de que tu gestoría actual presente un trimestre. Así cada declaración la hace una sola gestoría de principio a fin.
Paso 3: pide toda tu documentación por escrito
Escribe un correo a tu gestoría actual. Di que te das de baja, desde qué fecha y qué necesitas. Una lista práctica:
- Declaraciones presentadas de los últimos años, con su justificante: trimestrales (303, 130, 111, 115), anuales (390, 190, 180, 347) y Renta o Impuesto de Sociedades (200).
- Libros registro de facturas emitidas y recibidas del año en curso.
- Si tienes SL: contabilidad completa (libro diario, mayor y balance), cuentas anuales y justificante de su depósito en el Registro Mercantil.
- Pagos fraccionados hechos este año (130 o 202), porque se descuentan en los siguientes.
- Requerimientos o cartas de Hacienda o de la Seguridad Social abiertos.
- Si hay nóminas: contratos, recibos y seguros sociales.
- Contraseñas o accesos que tengan a tu nombre y deban pasar a ti.
Pide los ficheros en formato que se pueda abrir (PDF, Excel o el fichero de exportación de su programa). Guarda la respuesta.
Paso 4: los apoderamientos
Para presentar impuestos en tu nombre, una gestoría suele tener un apoderamiento en la Agencia Tributaria o presentar como colaborador social con tu autorización. Al cambiar:
- Entra en la sede electrónica de la AEAT con tu certificado digital o Cl@ve.
- Ve a «Consulta y revocación de apoderamientos otorgados».
- Revisa a quién tienes autorizado y revoca lo que ya no quieras. Según la AEAT, la revocación vale desde que la comunicas.
- Da el nuevo apoderamiento a tu nueva gestoría.
En la Seguridad Social pasa algo parecido si tienes trabajadores: la autorización para gestionar en tu nombre también se cambia. Si eres autónomo sin empleados, normalmente gestionas tu cuota tú mismo o con un apoderamiento aparte.
Si no sabes moverte por la sede electrónica, tu nueva gestoría te guía paso a paso.
Paso 5: que la nueva gestoría revise lo que llega
Cuando tengas la documentación, la nueva gestoría debería comprobar:
- Que todas las declaraciones del año están presentadas y pagadas.
- Que los importes de los libros cuadran con lo declarado.
- Que no hay cuentas anuales sin depositar ni ejercicios atrasados.
- Que los pagos fraccionados acumulados están bien, para que el siguiente trimestre salga correcto.
Si aparece algo sin presentar, mejor saberlo ya que cuando llegue una carta de Hacienda.
Errores típicos al cambiar a mitad de año
- Darse de baja sin pedir antes los papeles. Primero la documentación, después la baja.
- Dejar el apoderamiento antiguo activo. No es grave, pero es mejor tener claro quién puede actuar en tu nombre.
- Olvidar los pagos ya hechos. El modelo 130 es acumulado: la nueva gestoría necesita saber cuánto pagaste en los trimestres anteriores. Lo explicamos en modelo 130: cálculo con ejemplos.
- Cambiar el día 18 de un mes de presentación. Espera a que pase el plazo.
Para tener las fechas a mano, consulta el calendario fiscal. Las de 2027 son, por ahora, un cálculo provisional hasta que la AEAT publique el oficial.
Cómo lo hacemos nosotros
En cambiar de gestoría te contamos cómo es el paso a Asesoría Rentable. En resumen:
- El alta como cliente cuesta 99 € una vez (gratis con pago anual) e incluye identificarte, preparar los contratos e importar tu histórico.
- Sin permanencia: si un día te vas, avisas con 30 días y te entregamos tu documentación. Lo mismo que te pedimos que exijas a tu gestoría actual.
- Si encontramos ejercicios atrasados o cuentas sin depositar, te lo decimos y te damos presupuesto aparte antes de tocar nada.
Los planes empiezan en 29 €/mes para autónomos, en 39 €/mes para sociedades con poca actividad y en 89 €/mes para sociedades con contabilidad completa, más IVA. Todo está en precios. Si tu SL apenas tiene movimiento, mira la gestoría para sociedad sin actividad.
¿Prefieres que lo llevemos nosotros? Mira nuestra página de Cambiar de gestoría o hazte cliente.
Fuentes
- AEAT, Calendario del contribuyente 2026
- AEAT: cómo consultar, prorrogar y revocar los apoderamientos otorgados
- AEAT: apoderamiento para trámites tributarios por Internet
- Ley de Sociedades de Capital, arts. 164, 253 y 279 (BOE)
Información general, revisada el 31 de octubre de 2026. La normativa cambia y cada caso tiene matices: antes de decidir, consúltanos.